Obligatoriedad

 

¿Es obligatorio colegiarse?

Para ejercer la fisioterapia en la Comunidad Valenciana es necesario incorporarse previamente en el Colegio Oficial. Según consta en la Ley 1/2000 de 30 de Marzo, por la que se creó el Colegio Oficial de Fisioterapeutas de la Comunidad Valenciana y en su artículo 3 literalmente dispone: "1. Para el Ejercicio de la profesión de Fisioterapeuta en la Comunidad Valenciana, es obligatoria la previa incorporación al Colegio de fisioterapeutas de la Comunidad Valenciana." Y en su Disposición Final única, Imperativamente dispone: "Por lo tanto, ordeno que todos los ciudadanos, Tribunales Autoridades y Poderes Públicos a los que corresponda, observen y hagan cumplir esta Ley."

¿De qué servicios dispongo?

Seguro de Responsabilidad Civil, Bolsa de trabajo propia, ciclo formativo propio, asesoramiento gratuito en el ámbito jurídico, laboral y fiscal, publicaciones del colegio, biblioteca, descuentos en actividades de ocio, servicios de salud, etc... Si deseas más información sobre todos los servicios colegiales, haz click.

¿Dónde encontrarnos?

Dispones de una Sede colegial en Valencia y dos Delegaciones Provinciales en Alicante y Castellón:

VALENCIA: C/ San Vicente Mártir nº 61 piso 2º pta. 2ª, 46002 Valencia. Telf. 963533968.
ALICANTE: Av. General Marvá, 34, esc 1, bajo 1, 03004 Alicante. Telf. 963215005.
CASTELLÓN: Paseo de la Universidad, nº 11, Esc 2, Bajo 6, 12006, Castellón de la Plana. Telf. 960910660.