¿Qué documentación no es necesario presentar en esta nueva Edición?

 

 

La siguiente:

1. Documentación acreditativa de la titulación que habilita para el desempeño de la categoría a la que se opta, si ya se aportó en una convocatoria anterior.

2. Documentación acreditativa de los siguientes méritos:

a) Servicios prestados en Instituciones Sanitarias Públicas directamente gestionadas por la Conselleria de Sanidad;

b) Certificados de conocimiento del valenciano expedidos u homologados por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià;

c) Nota de la fase de oposición del último proceso selectivo de la categoría, convocado por la Conselleria de Sanidad;

d) En el caso de personal del turno de promoción interna temporal ya inscrito en la bolsa vigente, cursos de formación y perfeccionamiento, cuando ya se tuvieran valorados 5 puntos en este apartado del baremo en la Edición 12.

3. Hoja de autobaremación.

4. En el caso de personal del turno de promoción interna temporal, copia del nombramiento en propiedad y certificación de encontrarse en activo o equivalente.