La modificación de los textos pertenecientes al prólogo y a los once artículos de los estatutos del ICOFCV resultaba, en opinión de la Junta de Gobierno, necesaria para favorecer la más y mejor participación de los colegiados en todos los aspectos de la vida colegial, motivo por el cual se convocó el pasado 30 de octubre la Asamblea General Extraordinaria con un único orden del día, la modificación de los Estatutos.
El Sr. Antoni Font, responsable de la Sección de Deontológica del ICOFCV, fue el encargado de explicar esta reforma estatutaria. Según explicó el Sr. Font “desgraciadamente, y muy a nuestro pesar, se trata de una modificación limitada ya que la intención de esta Junta de Gobierno era haber abordado en profundidad una adaptación de los estatutos de mayor calado” aprovechando la legislación actual en relación al libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; y la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio).
Durante la reunión y con la ayuda del letrado del ICOFCV, D. Santiago Sevilla, se explicaron las razones que han propiciado los cambios en el texto que regula las relaciones entre el colectivo de fisioterapeutas de la Comunidad Valenciana. En previsión de lo que iba a ser una realidad legislativa en base a la disposición transitoria anunciada por el Gobierno en diciembre de 2009 en la que se establecía el plazo máximo de doce meses para aprobar un Proyecto de Ley que determinara las profesiones para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación, ha generado dos años más tarde, un controvertido Proyecto de Ley de Servicios Profesionales que todavía no ha entrado en vigor.
Con el propósito de cumplir con este requerimiento, a finales del 2010 el ICOFCV puso en marcha una Sección de modificación de estatutos, con el objetivo de adaptar a la mayor brevedad posible y con absoluto rigor los estatutos del Ilustre Colegio Oficial de Fisioterapeutas de la Comunidad Valenciana.
Pasado este tiempo, y tal y como expresó el Sr. Antoni Font, miembro también de la Junta de Gobierno del ICOFCV durante su comparecencia ante la Asamblea, “lamentablemente esta nueva normativa no ha entrado en vigor, circunstancia que hace que no sea aconsejable abordar la amplia reforma estatutaria que sin duda, este colectivo desea, merece y espera”, añadió el Sr. Font.
A pesar de esta coyuntura, y dado que la actividad colegial debe continuar dando servicio al colectivo de profesionales fisioterapeutas de la Comunidad Valenciana, el abogado del ICOFCV ha sugerido esta limitada modificación estatutaria, con el ánimo de favorecer “al máximo la participación en la vida colegial, a la espera de tener un marco legislativo que permita abordar la tan deseada reforma estatutaria anunciada”, expresó D. Santiago Sevilla.