Código Deontológico

 

TÍTULO PRELIMINAR

Artículo 1

El Código Deontológico de la Profesión de Fisioterapeutas de la Comunidad Valenciana está destinado a servir como regla de conducta profesional, en el ejercicio de la Fisioterapia en cualquiera de sus modalidades. El Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad Valenciana lo hace suyo y de acuerdo con sus normas juzgará el ejercicio de la profesión de sus colegiados.

Artículo 2

La Deontología Fisioterápica es el conjunto de los principios y reglas éticas que deben inspirar y guiar la conducta profesional del fisioterapeuta. El incumplimiento de alguna de las normas de este Código, constituye una de las faltas disciplinarias tipificadas en los estatutos del Colegio Profesional, cuya corrección se hará a través del procedimiento establecido en dichos Estatutos.

Artículo 3

El/la fisioterapeuta rechazará toda clase de impedimentos o trabas a su independencia profesional y al legítimo ejercicio de su profesión, dentro de marco de derechos y deberes que trata el presente Código.