Page 38 - FAD Marzo 2025
P. 38

Monográfico
                        Informació col·legial
   38 |     FAD     25 Aniversario del ICOFCV                                                                38 |
                                                                                                             38 |




        Por qué los colegios son claves


        en la evolución de una profesión






                                      Gustavo Paseiro Ares


                                       Presidente del Consejo General de Colegios de
                                        Fisioterapeutas de España (CGCCFE)






                                    En primer lugar, permitidme aprovechar este espacio, que agradezco
                                   enormemente, para felicitar el aniversario a todos los fisioterapeutas del
                                   Ilustre Colegio Oficial de Fisioterapeutas de la Comunidad Valenciana. Son
                                   25 años de lucha, evolución y logros que han colocado a la Fisioterapia
                                   valenciana a la vanguardia no sólo a nivel nacional, sino también europeo.

                                   En este artículo, me gustaría profundizar en por qué los colegios profesio-
                                   nales son tan importantes en la evolución de una profesión. Estas institu-
                                   ciones tienen una historia y relevancia que se fundamentan en la necesi-
                                   dad de organizar y regular las profesiones para garantizar estándares de
                                   calidad, proteger a los usuarios y defender los intereses de los profesiona-
                                   les. Surgieron históricamente como respuesta a la necesidad de regular el
                                   ejercicio profesional dentro de un marco ético y técnico adecuado.

                                   En España, su origen se remonta a las cofradías y gremios medievales, que
                                   evolucionaron hacia instituciones más formalizadas en los siglos XIX y XX.
                                   Estas organizaciones surgieron para proteger a los profesionales frente a
                                   la competencia desleal y garantizar que quienes ejercieran determinadas
                                   profesiones contaran con las competencias necesarias para ello. Sin em-
                                   bargo, fue la Constitución de 1978 la que otorgó a los colegios profesio-
                                   nales un reconocimiento explícito, tal como se establece en su artículo 36:

                                   “La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Co-
                                   legios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructu-
                                   ra interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.”

                                   Por lo tanto, los colegios profesionales se configuran como corporaciones
                                   de derecho público, amparadas por la ley y reconocidas por el Estado. Esta
                                   naturaleza  jurídica  les otorga  una  posición singular  en  el  ordenamiento
                                   constitucional español que les confiere autonomía, capacidad y fines tanto
                                   públicos (ordenación de la profesión y defensa de la ciudadanía) como pri-
                                   vados (defensa de los intereses de la profesión y sus profesionales).
   33   34   35   36   37   38   39   40   41   42   43