El juzgado de lo Penal de Castellón condena a dos pseudoprofesionales por intrusismo

 

Han sido condenados a una multa y al cierre del local por anunciar y desarrollar tratamientos terapéuticos de fisioterapia sin estar capacitados para ello al carecer del título universitario de fisioterapeuta. El Colegio de Fisioterapeutas de la Comunidad Valenciana, que ha ejercido de acusación particular, destaca que esta sentencia firme es un paso importante en la lucha por la defensa de la profesión y del derecho de los ciudadanos a recibir una atención sanitaria de calidad y profesional.  

El juzgado de lo Penal de Castellón condena a dos pseudoprofesionales por intrusismo

El juzgado número 3 de lo Penal de Castellón ha condenado con sentencia firme a A.B.B. y B.T.C. por un delito de intrusismo tras la celebración del juicio oral solicitado por el Colegio de Fisioterapeutas de la Comunidad Valenciana (ICOFCV), como acusación particular, y el Ministerio Fiscal, en enero de 2016. 

El juez ha considerado a los dos acusados penalmente responsables del delito de intrusismo y ha establecido una pena para cada uno de ellos de 6 meses de multa con una cuota diaria de 5 euros sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, conforme a lo previsto en el artículo 53 del Código Penal, y al pago de las costas procesales. Asimismo, se ha decretado el cierre del local.

Esta es la primera sentencia en firme que consigue la nueva directiva del Colegio de Fisioterapeutas en los más de tres años que lleva trabajando y luchando por la defensa de la profesión y del derecho a una atención sanitaria de calidad de los ciudadanos. “Esta condena en sí misma es muy significativa porque demuestra que la justicia ya está valorando que está en juego la salud de la ciudadanía, que esta merece ser tratada por un profesional sanitario bien cualificado y que es una responsabilidad de todos luchar porque sea así. Tenemos abiertas más causas similares y esto es un buen precedente”, subraya el decano del ICOFCV, Josep Benítez.

Tras las pruebas aportadas se ha declarado probado que en el establecimiento abierto al público, un gabinete de estética y belleza de Castellón, los condenados estuvieron ofertando y aplicando durante dos años tratamientos terapéuticos de fisioterapia a sabiendas de que no estaban facultados para ello, ni desde el punto de vista técnico-sanitario ni desde la habilitación legal, ya que carecen del título universitario de fisioterapeuta que les capacita para ello.

A.B.B. y B.T.C. sólo disponían de simples diplomas de academias no regladas que ofertan cursos de “masaje y técnica corporal”. Sin embargo, realizaban actos sanitarios para la mejora de la salud consistentes en masajes terapéuticos y deportivos para artrosis, artritis, esguinces, tendinitis o codo de tenista. También para el tratamiento de dolores de espalda como lumbalgias, dorsalgias o ciática. Actividades todas ellas, propias de los profesionales sanitarios fisioterapeutas, que requieren una formación y capacitación adecuada.

El asesor jurídico del Colegio de Fisioterapeutas, Santiago Sevilla, recalca que con estas acciones “estaban poniendo en grave peligro la salud de los usuarios que, al amparo de una publicidad falsa, recibían los servicios de los condenados como presuntamente sanitarios cuando en realidad no lo eran”.

Cabe recordar, que fue la unidad del SEPRONA de la Guardia Civil de Castellón quien abrió inicialmente el proceso contra estos dos pseudoprofesionales tras una inspección en la que detectaron irregularidades. Nada más tener conocimiento de ello, el ICOFCV se personó como acusación particular apoyando las diligencias policiales abiertas por este cuerpo.